LA NACIONALIDAD COLOMBIANA

Por; Claudia Sinning Bonilla

LAS NORMAS QUE REGULAN EL TEMA DE LA ADQUISICION, RENUNCIA, PERDIDA, Y RECUPERACION DE NACIONALIDAD COLOMBIANA SON:

Ley 43 de 1993, Decreto Reglamentario 1869 de 1994, Decreto 207 de 1993, que reglamenta el artículo 25 de la Ley 43, Decreto 2150 de 1995 (modifica algunos aspectos de la Ley 43 y su Decreto Reglamentario) Decreto 834 de 2013 que regula los criterios exigibles a los extranjeros para ingreso y permanencia en el territorio nacional de manera temporal e indefinida, Decreto 1067 de 2015, el Acto Legislativo No.1 del 25 de enero del 2002, por medio del cual se reforma el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia.

DEFINICIÓN DEL TERMINO NACIONALIDAD
La doctrina y la jurisprudencia han definido el término nacionalidad como el vínculo jurídico- político que une a una persona con un Estado.

La Regulación de la nacionalidad compete a la legislación interna de cada Estado. El derecho público interno determina las condiciones de su adquisición, ejercicio y pérdida; pero la nacionalidad produce efectos en el orden internacional respecto de la persona que la detenta, en aspectos relacionado con la protección diplomática, el servicio militar, la condición de la mujer casada, la naturalización. etc.”